¿Cómo reclamar un siniestro cuando el culpable se da a la fuga?
Alrededor de dos millones y medio de vehículos circulan por las carreteras españolas sin seguro. Provocar un accidente sin tener al menos el seguro de responsabilidad civil obligatorio es una tremenda irresponsabilidad. No solo es ilegal, sino que afecta directamente al que sufre las consecuencias del siniestro. Y eso lo sabe cualquier conductor que circula sin seguro, por eso la mayoría se dan a la fuga. Otras razones por las que un conductor puede darse a la fuga tras un siniestro es cuando el seguro no le cubre por cuestiones como no tener pasada la ITV o conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, o si trata de un coche robado. En cualquier caso, la pregunta es la misma: ¿quién paga los daños?
En realidad, el que sufre las consecuencias de un siniestro del que el culpable ha huido no se queda desamparado, ni siquiera si solo se cuenta con el seguro básico obligatorio. En estos casos, el siniestro se puede reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). A esta entidad pública se le puede reclamar los daños por las lesiones sufridas por el conductor y los ocupantes y, en algunos casos, también por los daños materiales.
Qué hay que hacer si el culpable se da a la fuga
En el caso de verse involucrado en un siniestro en el que no se puede identificar al culpable es muy importante tomar tomar toda la información que se pueda del vehículo, como matrícula, modelo, marca o color, e intentar conseguir cualquier evidencia o pista, como una foto, por ejemplo, para poder localizar al culpable, e intentar localizar testigos para que den testimonio de lo ocurrido. Es fundamental poder demostrar que el siniestro se ha producido por un vehículo que se ha dado a la fuga. Hay mucha gente que intenta estafar al Consorcio diciendo que el conductor ha huido cuando no ha sido así.
Además, hay que acudir a un servicio de urgencias o a un centro sanitario en un plazo máximo de 72 horas desde el siniestro, incluso si no parece que no ha pasado nada. Si luego surge cualquier problema será muy difícil demostrar que las lesiones han sido provocadas a consecuencia del siniestro.
Otra cuestión importante que hay que tener en cuenta es llamar a la Policía Local o a la Guardia Civil en el momento de sufrir el siniestro para que levanten un atestado, sin mover el vehículo y procurando que los restos de la colisión y cualquier otra evidencia se queden donde están. Este informe será un aval muy relevante a la hora de reclamar los daños. Además, si el afectado tiene cobertura de reclamación de daños, con el atestado el afectado puede debe dar parte a su compañía para que tramite el siniestro ante el Consorcio.
Qué cubre el Consorcio en caso de siniestro tras la huida del responsable
El Consorcio se hace cargo de la asistencia sanitaria y de los daños personales del conductor y los ocupantes siempre. En el caso de que las lesiones personales sean especialmente significativas también se hará cargo los desperfectos materiales del vehículo , aunque aplica una franquicia variable.
Si aparece el culpable, el Consorcio se hará cargo si el vehículo carecía de seguro o se se trata de una coche robado, el Consorcio se hará cargo tanto de los daños por lesiones de los ocupantes como de los desperfectos materiales sin ningún tipo de franquicia, ya que posteriormente reclamará los gastos al responsable.
El límite de las indemnizaciones del Consorcio es igual al fijado para cualquier seguro obligatorio o a terceros contratado en las compañías de seguros, es decir, hasta 70 millones de euros para daños personales y 15 millones para daños materiales.
