top of page

¿Cubre el seguro de coche la responsabilidad civil si no se ha pagado la póliza?

Aunque el recibo del seguro del coche se devuelva, la compañía aseguradora tiene la obligación de conceder un mes de gracia al asegurado. Durante este tiempo el coche sigue asegurado, periodo durante el cual la compañía volverá a pasar el recibo para cobrar. Pero si una vez pasado ese mes el seguro no se ha pagado es seguro se pierde. Sin embargo, el cliente dispone de 5 meses más para pagar el recibo y recuperar su seguro.

Dejar de pagar un seguro no implica su cancelación automática

Si quieres cancelar el seguro de coche tienes que comunicarlo a la compañía. Ésta está en su derecho de reclamar el pago de la póliza si no se ha hecho en el tiempo estipulado. Hasta ahora, este plazo era de dos meses, aunque a partir del 1 de enero de 2016 se reducirá a un mes.

La compañía también puede optar por cancelarte el seguro pasado el mes de gracia. De hecho, si no suelen reclamar el impago y generalmente cancelan los seguros es por algo, y no por cuestiones de imagen precisamente. De hecho, lo mejor que pueden hacer es cancelarte el seguro. Además, lo tienen que hacer con una notificación enviada por correo notificado. ¿Por qué? Sigue leyendo.

La cobertura de responsabilidad civil se extiende hasta que se notifica la cancelación del seguro

Recientemente, el Tribunal Supremo ha obligado a una aseguradora a pagar la indemnización de un coche que supuestamente conducía sin asegurar. Al tratarse de un accidente provocado por un coche sin asegurar -en teoría- la indemnización corrió a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros, que es al que esta aseguradora tendrá que abonar la cantidad indemnizada en su momento.

Lo que ocurrió es que el vehículo en cuestión no pago el recibo del seguro a Seguros Bilbao porque no había fondos en su cuenta. La póliza entró en vigor el 27 de abril de 2007. La aseguradora, al no poder cobrar la primera prima por falta de fondos en la cuenta del asegurado, comunicó el hecho al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) para que diera de baja la póliza. Esto ocurrió antes de la fecha del accidente, que se produjo el 1 de agosto de ese año.

Sin embargo, el Tribunal Supremo entiende que para resolver la póliza de seguro obligatorio no es suficiente acreditar la culpa del tomador en caso de impago de la prima. Según la sentencia, la falta de pago de la primera prima antes de que ocurriera el siniestro “no libera al asegurador de su obligación de indemnizar”, sino que es necesario acreditar la comunicación receptiva dirigida al tomador del seguro declarando resuelto y sin efecto alguno el contrato.En otras palabras, la obligación de hacerse cargo de la responsabilidad civil por parte de la aseguradora no terminará hasta que haya notificado la resolución del contrato al cliente y, además, con acuse de recibo, para que no quede duda alguna.

Entradas destacadas
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • LinkedIn Social Icon

Creado por Jose Antonio Guillen                                           Llámanos: 626 74 37 35                  Síguenos:

                                                                                           Mail: jaguillen@generalimediadores.es

  • Facebook Social Icon
  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon
bottom of page