¿Se pueden desgravar los seguros vinculados a la hipoteca?
Hasta el 31 de diciembre de 2012 la respuesta a esta pregunta era que sí, pero desde el 1 de enero de 2013 la cosa ha cambiado. Desde esta fecha sólo algunos pueden desgravar el coste de los seguros vinculados a la hipoteca. Pero vayamos por partes. Para responder a esta pregunta necesitamos aclarar qué cambió el primero de enero de 2013 para saber quiénes pueden y quiénes no pueden desgravar los seguros vinculados a la hipoteca y cuáles son estos seguros desgravables exactamente. También habría que aclarar cuánto es el máximo que se puede desgravar en la declaración de la renta.
Los seguros vinculados a la hipoteca sí desgravan
Según la legislación vigente, sólo los seguros de vida y hogar vinculados a la hipoteca son deducibles en la declaración de la renta. En estos seguros el beneficiario es el banco, y su coste, a efectos de IRPF, tiene misma consideración que el resto de gastos originados por la compra de la casa.(cuando se trata de viviendas habituales compradas antes del 01/01/2013)
Aunque si compraste su casa después del 1 de enero de 2013 los seguros vinculados no son desgravables, al igual que tampoco lo son la hipoteca y el resto de gastos asociados a la compra de la casa.
¿Cuánto se puede desgravar?
Los afortunados que compraron su casa o piso antes del primero de enero de 2013 y la usan como vivienda habitual pueden desgravarse el 15% de los gastos totales asociados a la compra del inmueble y hasta un máximo de 9.015 euros.
Pero, ¿es obligatorio contratar un seguro de hogar y uno de vida vinculado a la hipoteca con el banco?
A pesar de que muchos bancos, en su posición de poder, han obligado a ello o han hecho pensar a los solicitantes de la hipoteca que sí, según las leyes que regulan el mercado hipotecario en España (artículo 10 del RD 716/2009 que desarrolla las leyes 2/1981 y 2/1994) sólo es obligatorio contratar el seguro de daños que cubre el valor del inmueble en caso de destrucción de la misma. Este seguro sólo es un seguro de hogar que cubre el valor de tasación del continente y cubre los riesgos de incendio o explosión y los causados por elementos naturales.